sábado, 1 de diciembre de 2018

Unidad 5 "Sociología Jurídica"





SOCIOLOGÍA JURÍDICA 

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La sociología del derecho es la parte de la sociología que se encarga de estudiar lo jurídico como resultado de la interacción social. El origen formal de la sociología del derecho se deriva del boom de la filosofía positivista.

La sociología jurídica es el resultado de la actividad de juristas con vocación sociológica. Juristas que han abierto los poros de la dogmática jurídica al mundo de los factores sociales insatisfechos con la mera contemplación positivista de los ordenamientos jurídicos.

Tareas de la Sociología Jurídica.
Según Roger Pinto, estas se reducen a cinco:
  • La génesis de la noción de las normas Jurídicas.- Origen, evolución y diferenciación de los modos de creación del derecho ( Costumbre, jurisprudencia y legislación) 

  • Orígenes del desarrollo de las estructuras sociales.- Constituciones, estatus jurídico, colectividades e individuos, así como el origen de las relaciones políticas.

  • Génesis y desarrollo de la reglamentación de las diversas categorías de conducta sociales.- Religiosas, éticas, estéticas, económicas políticas domésticas, etc., 
  • Las condiciones y los límites de efectividad de las normas jurídicas.

  • El papel del personal autorizado y especializado en el campo del derecho.- Legisladores, Jueces, Administradores, Consejeros Jurídicos y prácticos del derecho.
La Sociología Jurídica estudia al Derecho, o sea, a las Instituciones y a las prácticas jurídicas como una realidad objetiva, y lo trata como si fuera otro fenómeno social. Para esto tiene que:
A Determinar el hecho.
B) Estudiar la génesis de las reglas del derecho
C) Distinguir los tipos de organización Jurídica..
D) Analizar las nociones fundamentales del derecho público y del derecho privado.
  1. Examinar la evolución de esas nociones, y observar la evolución del derecho como un todo.
Características de la sociología jurídica 
  • No es paradigmatica 
  • Es auton0ma 
  • Es independiente 
  • Es interdiciplinaria 
  • Es informativa y critica 
  • Es teórica empírica 
  • Es omnicomprensiva y acumulativa 
Objeto de la sociología jurídica 

El objeto de la Sociología Jurídica es el de descubrir las leyes o las causas que explican el nacimiento o génesis, el desarrollo y los diferentes sistemas e instituciones del derecho, y para esto trabaja dentro del marco de la Sociología General.

HECHO JURÍDICO

es todo fenómeno de la naturaleza o del comportamiento humano que el legislador considere atribuible de consecuencia jurídicason esa inmensa variedad de hechos naturales o sociales que por la trascendencia que tienen en la vida de relación del ser humano son configurados abstractamente en el supuesto de hecho de las normas que integran el ordenamiento jurídico, enlazándose determinados efectos, constitutivos, modificativos o extintivos de relaciones jurídicas. 

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Clasificación 

  • Los hechos son acontecimientos susceptibles de ser percibidos por nuestros sentidos. Todos ellos pueden analizarse según distintos criterios:
  • De acuerdo con su origen, los hechos son humanos o naturales.
  • De acuerdo con las consecuencias que producen son hechos simples o hechos jurídicos (ambos tipos pueden ser humanos o naturales).
  • Un hecho jurídico es el antecedente o la causa de una relación jurídica. Una norma jurídica parte siempre de un presupuesto de hecho para posteriormente regular las consecuencias que ello tiene en el área del Derecho. 
  • El presupuesto de hecho de la norma es un hecho jurídico.

Ejemplos de hechos jurídicos:
  • La muerte 
  • La promulgación de una Ley.
  • El nacimiento de una persona .
  • Una declaracion de guerra.
  • Una catástrofe humana (genocidios, golpes de estado, etc.).

EL DERECHO COMO ESTRUCTURA SOCIAL 

Se puede definir la sociedad diciendo que es: un sistema de relaciones reciprocas entre los hombres. En cuanto al orden jurídico podemos definirlo como: el conjunto de normas que
 rigen la conducta exterior del hombre en forma coactiva.

Estos dos sistemas constantemente están en relación en la siguiente forma:La sociedad entendida como un sistema de relaciones entre los hombres es el lugar en

donde se produce la culturael lenguaje, el arte, la ciencia, la moral, la religión y el derecho En todas las sociedades humanas se ha presentado el fenómeno jurídico , de ahí que se
haya afirmado frecuentemente que : donde existe la sociedad hay derecho.
La sociedad entendida como un sistema de relaciones entre los hombres es el lugar en donde se produce la culturael lenguaje, el arte, la ciencia, la moralla religión y el 
derecho. En todas las sociedades humanas se ha presentado el fenómeno  jurídico de ahí que se haya afirmado frecuentemente que : donde existe la sociedad hay derecho.

La sociología se encuentra con el derecho, cuyo objetivo principal es establecer reglas 
explícitas y coherentes, que vienen a regular el comportamiento social. Las reglas, a su 
vez, son susceptibles de cambios. Así, la sociología jurídica, en su lectura del derecho, se 

encuentra con los fenómenos del conflicto, de la integración y del cambio social que se 
expresan a través del sistema jurídico. 

LA ACCIÓN SOCIAL

Se entiende por Acción social la conducta humana en la que los individuos mantienen una relación con un sentido subjetivo y determina el modo en que procede dicha relación.
Esta conducta es orientada por las acciones de otros individuos y puede ser en distintos tiempos  (pasado, presente o futuro), pero esto no quiere decir que todas las relaciones de los seres humanos sean un “acción social”. Las acciones sociales son aquellas que tienen sentido propio dirigida a la acción de otros.

Max Weber, identifica cuatro formas de acción social como tipos ideales:
  • Tradicional (costumbre); Son acciones conducidas por principios, normas, etc. en las cuales el componente racional es prácticamente insignificante. 
  • Afectiva (emocional); De carácter principalmente irracional guiada por emociones como el amor, odio, etc. La acción afectiva constituye un momento posterior en el proceso de racionalización, y su contenido es la pasión individual. 
  • Racional con arreglo a valores; Es decir además de perseguir un fin racional están guiadas por principios o normas morales. La racionalidad con arreglo a valores sigue implicando el momento de la colectividad y se corresponde con formaciones intelectuales tales como la ideología o la ética 
  • Racional con arreglo a fines: Acción racional para lograr un fin establecido.
LOS AGENTES DE SOCIALIZACION

Los agentes de socialización son las instituciones, grupos, asociaciones y organizaciones que directamente o indirectamente contribuyen al proceso de la socialización.

Agentes socializadores más nombrados por los sociólogos: 
  • La familia (madre, padre y diversos miembros familiares).
  • La escuela.
  • Las relaciones entre iguales.
  • Los medios masivos de comunicación.





La familia 
Es el principal agente socializador durante la infancia de la persona. La socialización en la familia se desarrolla en una forma continua sin un plan previo ni un programa establecido; el niño absorbe todo lo que ve en su entorno o contexto social (familia) y comienza a desenvolverse según lo que va adquiriendo, va formando su personalidad, va conformando un esquema de valores, normas, prejuicios, etc.

La escuela

El paso de la familia al preescolar o a la escuela, constituye un momento de transición donde el niño comienza a establecer las primeras relaciones duraderas con personas ajenas a su grupo familiar.
Si bien, el objeto principal y explícito de la escuela es la adquisición de conocimientos; hay un objeto implícito que corresponde a la continua formación social del individuo, cómo se planteaba en las líneas anteriores; la socialización.
Medios de comunicación en masas
Hacen referencia a los medios de comunicación capaces de transmitir información de forma simultánea e impersonal a un gran número de individuos.
Estos medios, ejercen gran influencia en la vida de las personas. Por esta razón se los considera un importante agente de socialización. Los medios, además de información transmiten valores y o anti valores, creencias, costumbres, los cuáles influyen en el comportamiento de las personas.

El grupo de iguales o de pares

Está compuesto por personas de edades próximas, de posición social no muy heterogénea y tienen intereses en común.
En los grupos, se elude el control de los adultos, logrando cierta independencia personal, que les va a resultar clave para aprender a establecer sus propias relaciones sociales y para formarse una imagen de sí mismos distinta a la que reciben a través de sus padres.

La socializacion jurídica 

Resultado de imagen para socializacion juridicaConjunto de mecanismos y procesos de formación individual, esencialmente durante el periodo que se extiende entre la infancia y el fin de la adolescencia, de un sistema de conocimientos, representaciones y actitudes respecto al derecho. 

Enfoques en la socializacion jurídica: 
  • La acumulación de información 
  • La transferencia del rol de subordinación dentro de la familia
  • El desarrollo cognitivo 
  • La construcción de la identidad jurídica

EL CONFLICTO SOCIAL 

El conflicto social es un problema de gran complejidad en el cual intervienen grupos sociales, instituciones o el gobierno, que cuentan con puntos de vista distintos, lo cual genera una situación de disputa que puede terminar en hechos violentos.
Un conflicto social se forma según su naturaleza. Los problemas pueden radicar en la economía, cultura, familia, política y cuerpos armados. 


Conflictos sociales mas comunes 
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  • Hambre 
  • Falta de potencialidades productivas 
  • Guerras 
  • Pobreza 
  • Corrupción
  • Diferencias sociales entre hombres y mujeres  
Elementos del conflicto social 
  • Actores del conflicto 
  • Dialogo 
  • Mediador
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CAMBIO SOCIAL Y CAMBIO JURÍDICO

El cambio social es una alteración apreciable de las estructuras sociales, las consecuencias y manifestaciones de esas estructuras ligadas a las normas, los valores y a los productos de las mismasel cambio social consiste en la evolución de las sociedades, desde cambios a gran escala hasta pequeñas alteraciones. El estudio del cambio social suele considerarse una rama de la sociología y la asistencia social, pero también atañe a las ciencias políticas, económicas, a la antropología y a muchas otras ciencias sociales.

Se dice que el derecho es un producto social debido a que son las relaciones entre las personas las que han creado y modificado al Derecho, cada relación entre los humanos o casi todas, están reguladas por el derecho

Existe entre el Derecho y las esferas sociales, una interrelación permanente y continua, esto genera una relación de homogeneización entre sociedad y Derecho, la cual puede variar de mayor a menor medida, la función principal que cumple el Derecho es la de organización del grupo, función que de no cumplirse hará perder al ordenamiento jurídico su eficacia y validez.

El Derecho contribuye al cambio social progresivo al consolidar jurídicamente las modificaciones que en las instituciones, concepciones y costumbres de la sociedad se han venido produciendo durante todo un periodo histórico. Tales modificaciones adolecen de inestabilidad hasta que se obtiene su consagración jurídica.














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